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Reportar de manera oportuna a la empresa, para acceder a la aplicación de tarifa por predio desocupado, el cual es necesario acreditar la desocupación del inmueble según los requisitos establecidos por la Comisión Reguladora de Aguas y Saneamiento Básico (CRA). 

Por tal razón, debes acercarte a las instalaciones de nuestra empresa o remitir vía correo electrónico, página web y WhatsApp los siguientes documentos: 

  • Factura del último período del servicio público domiciliario de acueducto, en la que se pueda establecer que no se presentó consumo de agua potable (Consumo 0).
  • Factura del último período del servicio de energía, en la que conste un consumo inferior o igual a cincuenta (50) kilowatts.
  • Acta de la inspección ocular al inmueble por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo, en la que conste la desocupación del predio.
  • Carta de aceptación de la empresa de acueducto de la suspensión temporal del servicio o suspensión por mutuo acuerdo.

La vigencia de la tarifa para predio desocupado es de tres meses, de acuerdo con la resolución CRA 720 de 2015.

De acuerdo con el Articulo 45 de la Resolución CRA 720 de 2015 (Inmuebles desocupados), la acreditación de la desocupación del predio tiene una vigencia de tres (3) meses, por lo que en el caso de que las unidades residenciales o comerciales que lo conforman continúen desocupadas después de los meses indicados, el usuario deberá adelantar nuevamente una solicitud ante FUTURASEO S.A.S. E.S.P., allegando los correspondientes soportes que acrediten la calidad de desocupado del predio, para que realice una nueva validación de la información y aplique la prórroga del descuento en el caso de que aplique.

Las tarifas de Aseo las fija la Empresa, siguiendo las metodologías tarifarias que expide la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), entidad competente para regular este Servicio Público. La SSPD se encarga de verificar que los prestadores cumplan con estas metodologías. Cuando se paga el Servicio de Aseo, se incluyen cargos por recolección y transporte, barrido y limpieza de áreas públicas y disposición final.

Comprende las actividades de barrido de vías y áreas públicas, la recolección, transporte, transferencia, tratamiento, y disposición final de los residuos sólidos originados por estas actividades.

El Aforo de residuos sólidos es un procedimiento aplicado a usuarios no residenciales (comerciales, industriales, etc.) y a usuarios residenciales agrupados como Multiusuarios.